La Declaración de Cartagena en la educación universitaria. Principio IX: Fortalecimiento de las redes de nutrición clínica

Yan Carlos Duarte Vera

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Resumen

De acuerdo con lo estipulado en la Declaración de Cartagena, se deberá crear, promover y apoyar, al nivel que corresponda, actividades, programas y proyectos de redes de Nutrición clínica que cumplan con los propósitos siguientes: promover en las instituciones de salud (independientemente del carácter de las mismas) el desarrollo del modelo de cuidado nutricional basado en el paradigma Detectar -> Nutrir -> Vigilar; fortalecer programas de educación en Nutrición clínica; desarrollar y fortalecer líneas de investigación en la especialidad; e impulsar la solidaridad y la cooperación en el desarrollo de programas para la promoción del cuidado nutricional y la lucha contra la malnutrición en todas sus formas. Si se parte del reconocimiento de la desnutrición hospitalaria (DH) como un problema de salud global con vastas repercusiones de todo tipo, es imperativo entonces unir esfuerzos entre todos los actores involucrados en la contención de la misma a fin de lograr un impacto duradero de las intervenciones que se conduzcan, a saber, las sociedades gremiales y científicas que agrupan a profesionales de salud y nutricionistas encargados de la provisión de cuidados nutricionales, las instituciones académicas dedicadas a la difusión de conocimientos, experiencias y sabidurías; las organizaciones hospitalarias que contienen a los enfermos y sus familiares; la industria farmacéutica y nutricional, y las entidades estatales y gubernamentales que se ocupan de la legislación y supervisión de las políticas nutricionales de alcance nacional, entre otras, para el logro de los objetivos expuestos en la Declaración de Cartagena [RESUMEN TRUNCADO DESPUÉS DE LAS PRIMERAS 250 PALABRAS].

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